Variedades esencialmente derivadas

Una enmienda de 1991 al Convenio de la UVOP (Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales) amplió la protección de los derechos de los mejoradores de plantas a las variedades derivadas, también conocidas como VED (variedades esencialmente derivadas). La idea en la que se funda la ampliación es clara: ser capaces de asegurar que el obtentor reciba una compensación justa por las mutaciones (sports) encontradas en la variedad inicial protegida. No obstante, la aplicación real parece ser más problemática ya que no está claro qué se considera una VED y cómo confirmarla. En general, es difícil determinar qué grado de conformación genética y de semejanza fenotípica se requiere entre la variedad supuestamente derivada y la variedad inicial, porque el grado de relación entre diferentes cultivos varía.

“En Dümmen Orange estamos plenamente comprometidos con la regulación de las VED. Sin embargo, sería muy útil que se pudiera desarrollar un método para demostrar irrefutablemente si una variedad es una VED o no”, declara Biense Visser, director ejecutivo de Dümmen Orange. Dümmen Orange quiere tomar la iniciativa junto con otros actores principales del sector de la horticultura ornamental para encontrar un método con fundamento científico para determinar las VED.

Las VED y el parentesco genético

El análisis del ADN es una herramienta importante para probar el parentesco genético. CIOPORA (la Comunidad Internacional de Fitomejoradores de Plantas Ornamentales y Frutales de Reproducción Asexuada) establece que los métodos y los grados requeridos de conformidad genética se deben determinar cultivo a cultivo, basándose en los protocolos más avanzados acordados un grupo de expertos que incluya a representantes de los obtentores del cultivo afectado, y que debe ser demostrado por el propietario de la variedad inicial en caso de controversia y litigio. “Plantum (la asociación neerlandesa de obtentores vegetales) en principio está a favor de protocolos específicos para cultivos, pero considera que esto solo es realista para las especies ornamentales más importantes, para las cuales las empresas están dispuestas a financiar este trabajo con fines aclaratorios. La postura de Plantum es que se trata de una VED cuando el aspecto de la presunta planta derivada se parece más a la variedad original de lo que se esperaría normalmente, basándonos en la variación intraespecífica de esa planta. En un cultivo puede haber mayores diferencias que en otro. La similitud genética es importante, pero también lo es el fenotipo”, afirma Judith de Roos, experta jurídica de Plantum.

La UPOV pretende cambiar las reglas

Recientemente, la UPOV ha redactado nuevas notas explicativas (EXN) sobre las VED con la idea de arrojar más claridad sobre el concepto. No obstante, estas EXN han abierto una discusión sobre lo que se declara en cuanto a la “conformidad con las características esenciales”. La discusión surgió por el punto de vista de Australia, un país en el que la Oficina de Protección de las Variedades Vegetales (Plant Variety Protection Office - PVPO) decidió si una variedad puede ser considerada una VED. Hans van den Heuvel, director de gestión de I+D de Dümmen Orange: “Parece ser que los criterios de VED basados en la derivación predominante de, y la conformidad con, la variedad inicial han sido abandonados y sustituidos por la presencia o la ausencia de, por lo menos, una sola característica esencial de diferencia. Así, una sola característica esencial distinta respecto a la variedad inicial sería suficiente para no ser considerada una VED. Como se ha dicho antes, en este momento no está bien concretado cual es una característica esencial en nuestro sector. Esto es inconveniente para todos. Dümmen Orange encuentra dificultades en la postura de la UPOV de reducir el ámbito de la protección de los derechos de obtentor de variedades vegetales (PBR) cuando se trata de mutaciones espontáneas, ya que estas pueden aparecer sin ninguna interferencia técnica o humana. En nuestra opinión, las variedades que surgen por mutaciones espontáneas se deben tratar de acuerdo con las directrices existentes para las VED, lo que parece no concordar con las últimas novedades de la UPOV. Sin embargo, la nueva dirección que ha adoptado la UPOV sería más fácil de comprender en el caso de las variedades obtenidas mediante una intervención técnica, independientemente de que se buscaran o no esas formas de mutación inducida deliberada.

La opinión de Plantum y CIOPORA

CIOPORA no respalda las nuevas notas explicativas (EXN) de la UPOV referentes a las VED. “Estamos intentando convencer a la UPOV de que vuelva a abrir las EXN y no restrinja el concepto de VED. Solicitamos que se clarifique el concepto de VED mediante un enfoque objetivo y una definición clara y coherente, que cumpla el objetivo de equilibrar el ámbito de las nuevas técnicas de obtención y la obtención tradicional. Y nosotros sostenemos que las mutaciones y los OGM —en la medida en que se puedan distinguir de la variedad inicial— son VED, siempre que conserven una conformidad genética muy alta con la variedad inicial, porque las mutaciones y los OGM, por definición, se derivan predominantemente de la variedad inicial. En el mundo de las plantas ornamentales y la fruticultura existen muchas mutaciones. Por lo tanto, es necesario contar con un sistema de VED eficaz y lo suficientemente amplio. Restringir las VED no es el camino a seguir”, explica Edgar Krieger, secretario general de CIOPORA.

La UPOV pretendió clarificar las VED con las EXN, pero no lo ha conseguido, afirma De Roos. “Como CIOPORA, no apoyamos el punto de vista australiano, pero creo que la UPOV aún no ha tomado una decisión. La EXN está escrita de una manera tan vaga que se puede explicar en ambos sentidos. En la próxima reunión de la UPOV (octubre de 2019) se seguirá debatiendo el asunto, por ejemplo, qué efecto tendrán las nuevas técnicas como CRISP/Cas sobre las VED. Según Plantum, esto no afecta al concepto de las VED (opinión que comparten la Federación Internacional de Semillas, ISF, y la Asociación Europea de Semillas, ESA). El principio de las VED es que se considera justo remunerar al obtentor de la variedad inicial en el caso de que su variedad se haya utilizado de forma predominante, es decir, que se hayan conservado prácticamente todas sus características. Esta es la opción deliberada del obtentor de la VED, quien también podría mejorar una de sus propias variedades esa nueva característica importante. Respecto a la definición de una VED, hasta ahora no hemos considerado el proceso —intervención técnica o mutación espontánea— en sí mismo, sino el resultado final (las diferencias). Pero debemos esperar al proceder de los países miembros de la UPOV en este debate”, concluye De Roos.

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